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Proyectos de inversión para la mejora de la competitividad La Rioja

Busca fomentar la competitividad empresarial en La Rioja, promoviendo inversiones que impulsen el desarrollo económico sostenible, la modernización tecnológica y la creación de empleo estable. Se pretende reducir las diferencias de desarrollo entre regiones, en consonancia con los objetivos de crecimiento sostenible de la Unión Europea, y aumentar la capacidad productiva y la innovación en sectores clave de la economía​.

Podrán ser beneficiarias de la ayuda las PYME con actividad incluida en los siguientes CNAE:

  • B INDUSTRIAS EXTRACTIVAS.
  • C INDUSTRIAS MANUFACTURERAS, con excepción de las industrias agroalimentarias (Anexo I del Tratado CE). Se subvenciona la producción de biocarburantes a base de alimentos.
  • E38 Recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización.
  • E39 Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos.
  • G 45 Venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas.
  • G 46 Comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. Con excepción del comercio al por mayor de productos alimentarios (Anexo I del Tratado CE)
  • H 49.41 Transporte de mercancías por carretera (se subvenciona exclusivamente si se acoge al artículo 17).
  • H 52 Almacenamiento y actividades anexas al transporte.
  • J 58 Edición.
  • J 61 Telecomunicaciones
  • J 62 Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática.
  • J 63 Servicios de información.
  • M 71.12 Servicios técnicos de ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico.
  • M 71.2 Ensayos y análisis técnicos.
  • M 72 Investigación y desarrollo.
  • M 73.11 Agencias de publicidad.
  • M 74.10 Actividades de diseño especializado, salvo decoración de interiores. 
  • N 82.92 Actividades de envasado y empaquetado.
  • Q 86.2 Actividades médicas y odontológicas.
  • Q 86.9 Otras actividades sanitarias.
  • R 90.01 Artes escénicas.
  • R 90.02 Actividades auxiliares a las artes escénicas.
  • R 90.03 Creación artística y literaria.
  • R 93.29 Otras actividades recreativas y de entretenimiento.
  • Creación de un nuevo establecimiento.
  • Ampliación de un establecimiento existente / Ampliación de la capacidad de un establecimiento existente.
  • Diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales o en productos que anteriormente no se producían en el mismo.
  • Cambio esencial o transformación global en el proceso general de producción de un establecimiento existente.

Los proyectos deberán tener presupuestos mayores a 200.000€.

a) Adquisición por compraventa de terrenos calificados como suelo industrial por el Plan General Municipal o las normas subsidiarias de planeamiento del municipio, siempre que la solicitud incluya un proyecto de inversión en dicho terreno.

En el caso de proyectos cofinanciados con FEDER, la compra de terrenos solo será subvencionable hasta el límite del 10 por ciento de los costes subvencionables totales del proyecto de inversión.

Se subvencionará el 100% de la superficie adquirida. El precio máximo subvencionable será de 70 € por metro cuadrado.

b) Adquisición de naves o locales.

c) La construcción de nuevos bienes inmuebles, así como la modernización, mejora o reforma de nuevos emplazamientos donde la empresa no desarrollaba previamente su actividad, incluso en aquellos casos en los que el local sea propiedad de terceros.

d) Instalaciones técnicas, salvo instalaciones eléctricas de baja tensión y fontanería no vinculadas a las actuaciones previstas en el apartado c) anterior.

e) Adquisición de maquinaria y bienes de equipo nuevos.

f) Adquisición de equipos informáticos y telemáticos nuevos de uso exclusivo en el establecimiento beneficiario de la ayuda, incluidos los programas informáticos. En ningún caso será subvencionable la adquisición de equipos informáticos y telemáticos cuando el objeto social o actividad propios de la empresa sea el comercio al por mayor de dichos bienes.

g) Honorarios de proyecto y dirección de obra.

La ayuda cuenta con una dotación presupuestaria de 7 millones de euros.

Las medianas empresas podrán tener una financiación hasta de un 15% del coste subvencionable y una pequeña empresa hasta el 25%.

La ayuda se puede pedir hasta el 13 de diciembre de 2024.

Ipsom te acompaña desde una evaluación inicial para calificar el encaje del proyecto con el instrumento de financiación, gestionar toda la solicitud, asegurándose que se cumplan todos los requisitos y tener un seguimiento continuo del proyecto para presentar la justificación de la subvención.

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