¿Cuál es el objetivo de la ayuda?
Fomentar la inversión en proyectos de creación de nuevas empresas y nuevas actividades mercantiles en la Comunidad de Castilla y León.
¿Quiénes pueden solicitar la ayuda?
Autónomos y PYMES que realicen proyectos de inversión para la puesta en marcha de una nueva actividad subvencionable o para la creación de una nueva empresa en el territorio de Castilla y León. Los sectores económicos elegibles son:
a) Sección B. Industrias extractivas.
b) Sección C. Industria manufacturera con las excepciones siguientes:
i. División 10. Industria alimentaria, salvo la producción de hielo comestible.
ii. División 11. Fabricación de bebidas.
iii. División 12. Industria del tabaco.
iv. Grupo 25.3 Fabricación de armas y municiones.
v. Grupo 30.1. Construcción naval.
c) Sección E. Sólo grupos 38.1 Recogida de residuos y 38.2 Valorización de residuos, división 39 Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos.
d) Sección F. Sólo división 43. Actividades de construcción especializada, excepto el grupo 43.6 Actividades de intermediación para servicios de construcción especializada.
e) Sección G. Comercio al por mayor y al por menor, excepto las actividades correspondientes a los grupos o clases 46.1 Intermediarios del comercio al por mayor, 46.2 Comercio al por mayor de materias primas agrarias y de animales vivos, 46.3 Comercio al por mayor de productos alimenticios, bebidas y tabaco, 46.81 Comercio al por mayor de combustibles sólidos, líquidos y gaseosos, y productos similares, 47.26 Comercio al por menor de productos del tabaco, 47.30 Comercio al por menor de combustible para la automoción, 47.92 Actividades de servicios de intermediación para el comercio al por menor especializado.
No serán subvencionables los comercios al por menor no realizados en establecimientos permanentes.
f) Sección I. Hostelería, los siguientes:
i. División 55. hotel, hotel apartamento, motel, hostal y pensión y establecimientos de turismo rural clasificados como posadas, hotel rural y los albergues turísticos.
ii. Actividades de turismo activo.
iii. División 55.3 Camping y aparcamientos para caravanas.
iv. Clase 56.11 Restaurantes.
g) Sección J: Actividades de edición, radiodifusión y producción y distribución de contenidos.
h) Sección K: Telecomunicaciones, programación informática, consultoría, infraestructura informática y otros servicios de información, excepto el Grupo 61.2 Actividades de reventa de telecomunicaciones y servicios de intermediación para telecomunicaciones.
i) Sección N: Actividades profesionales, científicas y técnicas.
j) Sección O. Actividades administrativas y servicios auxiliares.
k) Sección Q: Sólo división 85.1 Educación preprimaria y división 85.5 Otra educación, siempre que se realice en locales afectos dedicados a esa actividad.
l) Sección R: División 86.9 Otras actividades sanitarias, 87.3 Asistencia en establecimientos residenciales para personas mayores o con discapacidad física y división 88: Actividades de servicios sociales sin alojamiento.
m) Sección S: Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento, excepto división 92 (Actividades de juegos de azar y apuestas).
n) Sección T: Otros servicios, sólo las divisiones 95 Reparación y mantenimiento de ordenadores, artículos personales y enseres domésticos y vehículos de motor y motocicletas y la 96 Servicios personales.
¿Qué tipo de proyecto es elegible?
Proyectos destinados a la creación de nuevas actividades empresariales en Castilla y León, de inversión en activos materiales e inmateriales y los gastos necesarios para la puesta en marcha. Siempre que la inversión total se sitúe entre 10.000 € y 150.000 €.
¿Qué costes son subvencionables?
– Inversiones en activos fijos materiales e inmateriales.
– Obra civil.
– Adquisición de bienes inmuebles.
– Trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y dirección facultativa de los trabajos.
– Gastos notariales y registrales.
– Gastos de consultoría externa.
– Gastos para la creación y puesta en marcha de la nueva actividad.
Intensidades de ayuda
Ayudas a fondo perdido con una intensidad del 35% con posibilidad de un aumento adicional de un 5% o 10%.
Plazo de solicitud
Las solicitudes inician el 18 de marzo de 2025 y finalizan el 31 de noviembre del 2025.
¿Qué papel tiene ipsom?
Ipsom te acompaña desde una evaluación inicial para calificar el encaje del proyecto con el instrumento de financiación, gestionar toda la solicitud, asegurándose que se cumplan todos los requisitos y tener un seguimiento continuo del proyecto para presentar la justificación de la subvención.

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